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Esquemas Oposiciones Gratis. Estados de alarma, excepción y sitio

En OpoEsquemas queremos que te sepas la Constitución española al completo y que para ello, te sea lo más sencillo posible estudiarla. Así que, hemos puesto a tu disposición para que descargues de forma gratuita todo su contenido en esquemas bonitos y sencillos de estudiar :).

 

Por si fuera poco, queremos añadir un valor extra a los esquemas y que, conceptos o materias que, a veces, son difíciles de comprender o memorizar, te sean, más sencillos.

 

Hoy te dejamos con este recurso gratuito de nuestro libro de esquemas de la Constitución española, con el que podrás ir completando el contenido.

 

De acuerdo con el art. 116 CE, una ley orgánica se encargará de la regulación de los estados de alarma, de excepción y de sitio, así como sus competencias y las limitaciones que correspondan. Pues bien, esta ley es la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.

 

Esquemas Oposiciones Gratis. Estados de Alarma, Excepción y Sitio
Esquemas Oposiciones Gratis. Estados de Alarma, Excepción y Sitio

¿Qué son los estados de alarma, excepción y sitio? Ejemplos

Los estados de alarma, de excepción y de sitio serán declarados cuando surjan circunstancias extraordinarias que hagan imposible el mantenimiento de la normalidad de un territorio mediante los poderes ordinarios de las autoridades. La declaración de los estados de alarma, excepción y sitio no interrumpe el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado, ni modifica el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos.

 

Las medidas a adoptar durante la vigencia de los distintos estados, así como la duración de los mismos, serán en cualquier caso las estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de la normalidad. Ello obliga a actuar en todo momento de forma proporcional a las circunstancias.

 

No cabe la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de estos estados, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrá interrumpirse durante la vigencia de estos estados.

 

Si ocurriera alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de estos estados tras la disolución del Congreso o la expiración de su mandado, sus competencias serán asumidas por su Diputación Permanente.

 

Una vez finalizada la vigencia de estos estados, perderán su eficacia todas las competencias sancionadoras y preventivas que correspondan a las autoridades competentes, así como las medidas concretas adoptadas en base a estas, salvo las sanciones firmes.

¿Cómo se declaran los estados de alarma, excepción y sitio?

ESTADO DE ALARMA

  • Será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, dando cuenta al Congreso, que se reunirá inmediatamente.
  • Podrá ser declarado por un plazo máximo de 15 días, prorrogable previa autorización del Congreso.
  • El decreto del Consejo de Ministros determinará el ámbito territorial afectado por la declaración.

Causas para la adopción del estado de alarma

1. Catástrofes, calamidades o desgracias públicas (terremotos, inundaciones, incendios forestales y urbanos o accidentes de gran magnitud).

 

2. Crisis sanitarias, como epidemias y situaciones de contaminación graves.

 

3. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice el derecho a la huelga con los correspondientes servicios mínimos.

 

4. Por desabastecimiento de productos de primera necesidad.

 

En caso de que esta alteración grave de la normalidad no afectara a todo el territorio nacional, sino exclusivamente a una comunidad autónoma, el presidente de esta podrá solicitar al Gobierno la declaración del estado, mediante la delegación de la competencia.

Ejemplo del estado de alarma

El 4 de diciembre de 2010, el presidente del Gobierno de España (José Luis Rodríguez Zapatero) declaró el estado de alarma, por primera vez en 35 años de democracia, con motivo del cierre del tráfico aéreo por la huelga masiva de controladores aéreos. Miles de personas se vieron afectadas por esta circunstancia, que llegó a paralizar todos los aeropuertos, y supuso una enorme pérdida de negocio para las empresas dedicadas al sector turístico.

 

Esta medida hizo que los controladores aéreos quedaran bajo el mando militar, teniendo que regresar a sus puestos de trabajo bajo amenaza de cárcel por delito de rebelión, amparándose en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981.

 

Así, la causa para declarar el estado de alarma fue la paralización de un servicio público esencial, como es la utilización de los aviones como medio de transporte, al no haberse garantizado unos servicios mínimos del mismo con la proclamación de la huelga.

ESTADO DE EXCEPCIÓN

Será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso. La autorización y consiguiente proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente:

  • Efectos del estado de excepción.
  • Ámbito territorial a que se extiende.
  • Su duración, que no podrá exceder de 30 días, prorrogables por el mismo plazo (otros 30 días) y con los mismos requisitos.

El decreto que declare el estado de excepción puede ser modificado y declarar la finalización de su vigencia antes del período declarado, a través del método inicialmente establecido (mediante decreto del Consejo de Ministros y previa autorización del Congreso).

Causas para adoptar el estado de excepción

El estado de excepción se autorizará cuando se vean gravemente alterados el ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, de los servicios públicos esenciales o cualquier otro aspecto que afecte al orden público (y no se pudiesen restablecer mediante el ejercicio de las potestades ordinarias).

Derechos y libertades que pueden ser suspendidos en el estado de excepción

  • Art. 17.1: derecho a la libertad y seguridad.
  • Art. 17.2: plazo máximo de detención preventiva de 72 horas.
  • Art. 17.4: procedimiento «habeas corpus».
  • Art. 18.2: inviolabilidad del domicilio .
  • Art. 18.3: secreto de comunicaciones.
  • Art. 19: libertad de residencia, circulación y de entrada y salida de España.
  • Art. 20.1 a): libertad de expresión.
  • Art. 20.1 d): derecho a comunicación e información veraz.
  • Art. 20.5: secuestro de publicaciones (por resolución judicial).
  • Art. 21: derecho de reunión.
  • Art. 28.2: derecho a huelga.
  • Art. 37.2: derecho de trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.

Ejemplo del estado de excepción

En el año 1969 se produjeron distintos episodios con los que se intentó echar un pulso al régimen dictatorial franquista.

 

El 20 de enero el estudiante Enrique Ruano se «suicidó» tirándose desde un séptimo piso cuando estaba con la policía, lo que provocó que mil quinientas personalidades denunciaran los malos tratos por parte de la policía a los presuntos «delincuentes», considerados como tal sobre todo por causas políticas. Madrid vivió una de las manifestaciones más numerosas de la dictadura donde se reunieron miles de estudiantes.

 

Ante esta situación de gran revuelo, el 24 de enero de 1969 el Gobierno decretó por primera vez desde el fin de la guerra civil el estado de excepción en toda España. Con ello, se intensificaron las detenciones y las condenas y luego se eliminó cualquier tipo de garantía que pudieran tener los ciudadanos españoles, que quedaban al amparo de lo que dijera una autoridad.

 

En este caso, la alteración grave del orden público a causa de la rebeldía ciudadana trajo consigo una situación incontrolable para las autoridades, en la que se vio gravemente alterado el normal funcionamiento de las instituciones, e hizo necesaria la declaración del estado de excepción.

ESTADO DE SITIO

El estado de sitio será declarado por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones. Por tanto, el estado de sitio no tiene una duración definida (no hay un plazo máximo ni mínimo fijado).

 

La Ley Orgánica 4/1981 no prevé intervenciones específicas de las Fuerzas Armadas en los estados de alarma y de excepción. No obstante, en virtud de la declaración del estado de sitio, el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, asumirá todas las facultades extraordinarias previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica, y designará la autoridad militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan en el territorio a que el estado de sitio se refiera.

Causas para adoptar el estado de sitio

Cuando se produzca o pueda producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, contra su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios.

Derechos constitucionales que pueden ser suspendidos en el estado de sitio

La declaración del estado de sitio permite suspender los mismos derechos y libertades que los detallados anteriormente para el estado de excepción, a los que se añade, además, la posibilidad de suspensión del art. 17.3 CE: la suspensión temporal de las garantías jurídicas del detenido.

Ejemplo estado de sitio

Posible planteamiento del estado de sitio en Cataluña.

 

En octubre de 2017, el Gobierno de España pudo plantearse la posibilidad de decretar el estado de sitio como forma de poner fin al desafío que se estaba produciendo contra el orden democrático por parte de la Generalitat, tras la convocatoria del referéndum de independencia de Cataluña. Finalmente, no fue necesaria su declaración.

 

Pese a no haberse declarado el estado de sitio, se cumplía uno de los supuestos previstos para su declaración: una sublevación, por parte de Cataluña, contra la integridad territorial de España y contra el ordenamiento constitucional. De esta manera, pudo haber sido declarado el estado de sitio ante la grave alteración en que se vio envuelto el Estado español y la negativa de los responsables a su restablecimiento por una vía pacífica y legal.

 

Este artículo ha sido redactado por: Aránzazu López López


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Comentarios: 47
  • #1

    Lucia (martes, 16 julio 2019 18:09)

    Me encantan los esquemas

  • #2

    Patricia (miércoles, 17 julio 2019 14:02)

    Me encanta

  • #3

    Araf (domingo, 23 febrero 2020 21:21)

    Increíbles que mejor que ponerlo todo claro y con ejemplos. Gracias.

  • #4

    Patbaland (martes, 07 abril 2020 14:25)

    Son excelentes, un material de calidad

  • #5

    Cristina (lunes, 18 enero 2021 12:35)

    .

  • #6

    Karina (lunes, 18 enero 2021 19:21)

    Me gusta�

  • #7

    Jesus Santiago Perez (martes, 19 enero 2021 10:02)

    he comprado algunos de vuestros esquemas y faciiltan mucho el estudio de la legislacion! continuad asi, mil gracias!

  • #8

    Slavi Sarandeva (martes, 19 enero 2021 10:41)

    De gran ayuda !

  • #9

    Slavi Sarandeva (martes, 19 enero 2021 10:55)

    Perfectas las esquemas

  • #10

    Slavi (martes, 19 enero 2021 12:28)

    Perfectas , 10!

  • #11

    Luis (jueves, 21 enero 2021 07:50)

    Estupendo!

  • #12

    Juanan (domingo, 31 enero 2021 12:35)

    La restricción de derechos del 17.4 no afecta al habeas corpus, solo al plazo máximo de detención

  • #13

    Tamara (martes, 09 febrero 2021 16:45)

    Es muy útil

  • #14

    Sara (domingo, 21 febrero 2021 10:39)

    son muy útiles

  • #15

    María (domingo, 21 febrero 2021 11:49)

    Estupendos los esquemas

  • #16

    Verónica (lunes, 22 febrero 2021 12:50)

    No me da opción a descansar el esquema de estados de alarma, excepción y sitio

  • #17

    AURORA (lunes, 22 febrero 2021 15:42)

    Muy instructivo

  • #18

    Yoli (domingo, 28 febrero 2021 07:17)

    Muy útil este esquema

  • #19

    Maria (domingo, 28 febrero 2021 11:13)

    Muy interesantes! Me encantan!!

  • #20

    Marian (lunes, 01 marzo 2021 16:19)

    Muy visuales

  • #21

    Manolo (miércoles, 24 marzo 2021 16:15)

    Muy buenos

  • #22

    Carlos Manuel Gandra Dos Santos (sábado, 27 marzo 2021 17:06)

    muy bueno

  • #23

    Purificacion (martes, 27 abril 2021 23:55)

    Muy visual

  • #24

    Diego (jueves, 13 mayo 2021 17:29)

    ??

  • #25

    Maria Adiego martinez (martes, 18 mayo 2021 13:40)

    Inmejorables

  • #26

    Antonio (martes, 15 junio 2021 10:45)

    Muy interesante

  • #27

    Ana (miércoles, 14 julio 2021 13:48)

    Muy didáctico

  • #28

    bernardo (domingo, 25 julio 2021 02:00)

    muy bien

  • #29

    sergio (martes, 27 julio 2021 11:28)

    sergio60@hotmail.com

  • #30

    Alberto (domingo, 08 agosto 2021 15:44)

    Muy buenos

  • #31

    Loaica (lunes, 06 septiembre 2021 18:20)

    Gracias!

  • #32

    Elena (sábado, 18 septiembre 2021 18:08)

    Muy bien explicados

  • #33

    jesus (martes, 28 septiembre 2021 14:34)

    dafd

  • #34

    MCARMEN CASTELLANO ABAD (miércoles, 20 octubre 2021 13:21)

    HOLA

  • #35

    academiagarrucha (sábado, 11 diciembre 2021 12:36)

    621458963

  • #36

    Obart (sábado, 11 diciembre 2021 12:36)

    BUENOS DÍAS

  • #37

    Nacho (jueves, 23 diciembre 2021 08:39)

    el mejor esquema que he encontrado así como la contextualización de los estados de Alarma excepción y sitio . enhorabuena chicos

  • #38

    Amparo Chiachio (lunes, 03 enero 2022 19:20)

    Me ayudan muchísimo. Gracias!

  • #39

    Luz Divina Gómez Ruiz (jueves, 03 febrero 2022 11:47)

    Ayudan mucho. Gracias

  • #40

    MARIA (sábado, 12 febrero 2022 12:37)

    Me gustan mucho vuestros esquemas ya que facilitan la memorización. Además estoy aprendiendo a hacerlos con Idevou.

  • #41

    Dºaniel (miércoles, 13 abril 2022 12:33)

    Hay un error en el estado de excepción y sitio no se puede suspender el derecho de habeas corpus según el articulo 55 de la constitución, solo habla de los apartados 2 y 3 del articulo 17 y 18.

  • #42

    Pedro (martes, 19 abril 2022 17:07)

    Muy bueno. Ejem, ¿y esto cómo baja?

  • #43

    Bettina Brigitta (viernes, 27 mayo 2022 19:02)

    Como siempre genial!

  • #44

    Manuel (martes, 14 junio 2022 21:23)

    Muy buenos, gracias

  • #45

    Joanna (domingo, 19 junio 2022 12:36)

    Seguro que me facilita el estudio

  • #46

    ricardo (sábado, 25 junio 2022 13:02)

    ricsport8@gmail.com

  • #47

    Ruth (sábado, 25 junio 2022 15:20)

    Muy bien y claro esquematizado, de facil comprensión. Gracias.